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Escuela de tránsito

Información de registro para la escuela de tránsito en línea

Aviso: Si ya compareció en la sala del audiencias y no recibió del juez una orden para la escuela de tránsito, ya no puede inscribirse ahora.

Conteo de puntos por infracciones

Puede optar por asistir a la escuela para infractores de tránsito por una contravención del Código de Vehículos a la que se le asigna solo un punto. A las contravenciones cometidas por un peatón o un ciclista no se les asignan puntos. Para verificar si a una contravención se le asigna un conteo de puntos, revise la Lista de fianzas de tránsito para asegurarse de que necesita asistir a la escuela de tránsito. Busque su(s) contravención(es) y revise la columna de la derecha para ver si hay un punto del Departamento de Vehículos Motorizados (DMV, por sus siglas en inglés) asignado a la(s) contravención(es). Si paga la cuota administrativa de la escuela de tránsito de $52 por cometer una contravención que no es elegible para la escuela de tráfico, no se reembolsará la cuota.

Elegibilidad para la escuela de tránsito

De conformidad con la sección 42005 del Código de Vehículos y la regla 4.104 de las Reglas de la corte de California, los secretarios de la corte solo están autorizados a autorizar solicitudes de escuela de tránsito si se cumplen los siguientes criterios:

  • Se tiene que tener actualmente una licencia de manejar de California válida. Si su citación fue emitida indicando una licencia de fuera del estado y usted posee una licencia válida de California, tiene que hacer una cita en la corte para pedirle a un juez que enmiende la citación para que sea elegible para asistir a la escuela de tránsito.

  • La(s) contravención(es) de su multa tiene(n) que ser una infracción elegible del Código de Vehículos. No es elegible ninguna contravención que conlleve un conteo de puntos por operador negligente de más de un punto según el Código de Vehículos (VC, por sus siglas en inglés), sección 12810, o un punto y medio o más según el VC, sección 12810.5(b)(2). Las contravenciones por cinturón de seguridad, mecánicas o de equipo, la falta de seguro y otras contravenciones especificadas no son elegibles para la escuela de tránsito.

  • No puede haber asistido a la escuela de tránsito por una infracción anterior cometida en los últimos 18 meses. El periodo de elegibilidad de 18 meses se determina de la fecha de una contravención a la fecha de la otra y no desde que asistió a la escuela de tránsito.

  • Si se le cita por exceso de velocidad, la supuesta velocidad no puede ser más de 25 mph por encima del límite de velocidad.

  • Su citación/multa no puede ser por una infracción de la sección 22406.5 del Código de Vehículos (vehículos cisterna).

  • Su citación/multa no puede estar relacionada con el uso o la posesión de drogas o alcohol.
  • Si recibió una citación mientras conducía con una licencia de manejar Clase A, B o Clase C Comercial, a partir del 1.º de enero de 2013, pero no conducía un vehículo comercial en el momento de la contravención, puede asistir a la escuela de tránsito si es elegible. Aunque el DMV no evaluará el recuento de puntos en su historial de manejo, no mantendrá la condena como confidencial y, por lo tanto, su seguro puede verse afectado negativamente.

AVISO: La Corte Superior de San Francisco autorizará la escuela de tránsito por multas atrasadas si no han pasado más de 20 días desde la fecha del Aviso de tasa civil; la fianza completa y cualquier multa de tasa civil impuesta de conformidad con la sección 1214.1 del Código Penal (PC, por sus siglas en inglés) deben pagarse por adelantado.

AVISO: Si es elegible y decide no asistir a la escuela de tránsito, su seguro de automóvil puede verse afectado de manera negativa.

Para los conductores con una licencia de manejar no comercial de California, una condena en cualquier periodo de 18 meses se mantendrá confidencial y no aparecerá en su registro de manejo si completa un programa de una escuela para infractores de tránsito. A partir del 1.º de enero de 2013, para los conductores con una licencia de manejar comercial de California citados mientras conducían un vehículo no comercial, una condena en cualquier periodo de 18 meses aparecerá en su registro de manejo sin un punto de infracción si completa un programa de una escuela para infractores de tránsito.

ADVERTENCIA: Si no es elegible para asistir a la escuela de tránsito, pero lo hace de todos modos o se inscribe en la escuela de tránsito y no asiste, el dinero que pagó, que incluye la fianza y la cuota administrativa, se perderá y el DMV será notificado de la condena y se reportará en su registro de manejo.

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Cuotas de la escuela de tránsito

Hay cuotas de la corte y una cuota que cobra la escuela de tránsito. Para inscribirse en la escuela de tránsito, tiene que pagar:
  • La fianza (multa)
  • Una cuota administrativa no reembolsable de $52 exigida por el estado.
  • Una cuota de la escuela de tránsito que oscila entre $20 y $45.

Tenga en cuenta: Si elige tomar un curso de escuela de tránsito en línea de una escuela de tránsito aprobada, tiene que pagar la multa (fianza) y la cuota administrativa antes de completar la escuela en línea. Si no se ha recibido el pago, su certificado será rechazado.

Una vez que haya verificado que usted y la contravención cumplen los requisitos anteriores, puede registrarse y pagar por correo, en persona o en línea (enlace más abajo). Si se registra en línea, la fecha de vencimiento de su escuela de tránsito y el enlace al acuerdo de la escuela de tránsito estarán en su página de confirmación una vez que pague. Por lo general, tiene tres meses a partir de la fecha de pago para completar la escuela de tránsito.Solo puede asistir a las escuelas de tránsito en línea y en aula aprobadas por el DMV.

Métodos de pago y certificados:

1. Por correo:

Envíe un cheque o giro postal, a nombre de San Francisco Superior Court, por el monto de la fianza (multa) y la cuota de $52 a la siguiente dirección:

San Francisco Superior Court
850 Bryant St. Room 145
San Francisco, CA 94103-4610

Asegúrese de incluir el número de citación en el cheque. No envíe dinero en efectivo por correo.

2. En persona:

Corte Superior de San Francisco
850 Bryant St., sala 145
San Francisco, CA 94103-4610

Horario: 8:30 a. m. -- 12:30 p. m., de lunes a viernes, excepto los días feriados de la corte

Las formas de pago aceptables son: efectivo, cheque, giro postal, tarjeta de débito o tarjeta de crédito (solo Visa/Mastercard)

3. En línea:

Para inscribirse en la escuela de tránsito en línea, se requiere una tarjeta MasterCard, Visa, Discover o American Express válida.

Se cargará a su tarjeta de crédito una cuota administrativa no reembolsable de $52 exigida por el estado y una cuota de conveniencia del 3.5 % de la transacción, además del monto de su multa.

Si tiene preguntas, revise las Preguntas frecuentes y visite la sección División de Tránsito de nuestro sitio web para obtener información adicional.

Lea e imprima el Acuerdo de la Escuela de Tránsito

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Certificados de la escuela de tránsito

No se puede aceptar la finalización de la escuela de tránsito si no se ha pagado la fianza (multa) y la cuota administrativa de $52. La empresa de escuela de tránsito notificará al DMV de California de la finalización del curso y la corte accederá a esa información del DMV de California a través de una transmisión segura.

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