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Órdenes de restricción - maltrato de ancianos o adultos dependientes

Orden de restricción por maltrato de ancianos o adultos dependientes

Una orden de restricción por maltrato de ancianos o adultos dependientes se aplica a una persona que busca una orden de protección y que entra en la definición de anciano o adulto dependiente, y es víctima de:

  • Maltrato físico o económico;
  • Descuido, abandono o aislamiento; 
  • Un tratamiento que ha sido física o mentalmente perjudicial para el anciano o adulto dependiente, o

  •  

    Es privado por un cuidador de bienes o servicios que usted necesitaba para evitar daños o sufrimiento, o maltratado emocionalmente por un cuidador.

¿Quién puede solicitar una orden de restricción por maltrato de ancianos o adultos dependientes?

Además del anciano o adulto dependiente, las siguientes personas pueden solicitar una orden de restricción en nombre del anciano o adulto dependiente:

  •  Un tutor de adulto o fideicomisario del anciano o adulto dependiente
  • Un apoderado legal de un anciano o adulto dependiente que actúa dentro de la autoridad del poder notarial
  • Una persona designada como tutor ad litem del anciano o adulto dependiente
  • Cualquier otra persona legalmente autorizada para solicitar dicho recurso

¿Qué formularios necesito?

Para solicitar una orden de restricción por maltrato de ancianos o adultos dependientes necesitará los siguientes formularios para empezar:

  1. Orden de restricción por maltrato de ancianos y adultos dependientes (EA-100)
  2. Aviso de audiencia de la corte (EA-109)
  3. Orden de restricción temporal (EA-110)
  4. Información confidencial de CLETS (CLETS-001)

Después de haber llenado los formularios, ¿qué debo hacer?

Haga tres copias de la Orden de restricción por maltrato de ancianos y adultos dependientes (EA-100) llenada. Engrape el original (y las copias) y luego lleve la Orden de restricción por maltrato de ancianos y adultos dependientes (EA-100) llenada y dos copias, la Información confidencial de CLETS (CLETS-001), el Aviso de audiencia de la corte (EA-109) y la Orden de restricción temporal (EA-110) a la corte para su presentación.

¿Dónde presento mis formularios?

Presente los formularios llenados y las copias al nuevo secretario de presentaciones en la sala 103 de la corte del Centro Cívico.

Más información

Si va a necesitar un intérprete en su audiencia de orden de restricción, dígaselo al secretario de la sala 103 cuando presente sus formularios de orden de restricción para que se le puedan hacer los arreglos.

No hay ninguna cuota de presentación para solicitar una orden de restricción por maltrato de ancianos o adultos dependientes.

Si presenta su petición antes de las 10 a. m., puede recoger su orden de restricción el mismo día entre las 2:30 p. m. y las 4:30 p. m. en la ventanilla n.º 1 de la oficina de presentaciones civiles, sala 103.

Si presenta su petición después de las 10:00 a. m., puede recoger su orden de restricción el siguiente día judicial entre las 2:30 p. m. y las 4:30 p. m. en la ventanilla n.º 1 de la oficina de presentaciones civiles, sala 103.

Recoja su orden con puntualidad para que haya tiempo suficiente de hacer la entrega legal de la orden de restricción temporal y el aviso de audiencia en la corte al demandado.

Puede elegir una de tres maneras de hacer la entrega legal al demandado:

  1. Puede hacerlo a través del Departamento del Alguacil (ubicado en el ayuntamiento, sala 456 en el 4.° piso) o de cualquier agente del orden público.
    Hay una cuota a menos que tenga una exención de cuotas otorgada para hacerlo a través del Departamento del Alguacil.
  2. Cualquier persona que tenga al menos 18 años y no sea parte de la acción puede hacer en su nombre la entrega legal al demandado. Asegúrese de que la persona llene la Prueba de entrega en persona (EA-200).
  3. Contrate un profesional de entrega legal. Puede encontrar uno en línea buscando en un navegador web "profesional de entrega legal". Asegúrese de obtener del profesional de entrega legal el formulario de Prueba de entrega llenado.

La persona encargada de la entrega legal a la otra parte tiene que entregarle una Prueba de entrega llenada y firmada. Usted tiene que presentar la Prueba de entrega en la sala 103 y llevar una copia a su audiencia.

Hay dos maneras de posponer la fecha de audiencia de su caso de maltrato de ancianos o adultos dependientes.

Si no pudo hacer la entrega legal al demandado, tendrá que solicitar a la corte que vuelva a emitir la orden de restricción temporal. Esta solicitud se hace llenando la Solicitud de aplazar audiencia (EA-115) y la Orden sobre solicitud de aplazar audiencia (EA-116). Los formularios tienen que llenarse y presentarse junto con una copia de su Orden de restricción temporal anterior (EA-110), un mínimo de dos días antes de la fecha de su audiencia programada.

También puede solicitar verbalmente un aplazamiento en la corte durante su audiencia. Si se otorga su solicitud de aplazamiento, el juez firmará un formulario de Orden sobre solicitud de aplazar audiencia de la corte (EA-116) y fijará una nueva fecha para la audiencia.

Ambos métodos prorrogan su Orden de restricción temporal para que siga teniendo protección hasta la nueva fecha de audiencia.

La página Ayuda en el Centro ACCESS puede mostrarle cómo llenar los formularios que necesitará, explicarle el proceso de presentación y ayudarle a prepararse para la corte.

Si tiene 65 años o más, y está siendo maltratado física, emocional o económicamente por alguien, llame a Legal Assistance to the Elderly al (415) 538-3333 para que le ayuden con una Orden de restricción por maltrato de ancianos.

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