Skip to main content
Skip to main content.

Información sobre la presentación electrónica (e-filing, en inglés)

A partir del 1.º de julio de 2021, la Corte Superior de San Francisco amplió su programa obligatorio de presentación electrónica (e-filing, en inglés). Vea el comunicado de prensa emitido el 28 de junio de 2021.

Si tiene alguna pregunta relacionada con la presentación electrónica (e-filing, en inglés) en la corte, comuníquese con la Unidad de Presentación Electrónica (e-filing, en inglés) mediante correo electrónico:

Los siguientes casos NO están sujetos a presentación electrónica obligatoria y tienen que iniciarse de forma convencional. Todos los demás tipos de casos civiles tienen que iniciarse electrónicamente. De conformidad con la regla 2.253 de las Reglas de la corte de California (en inglés), las partes que se representan a sí mismas no están sujetas a la presentación electrónica obligatoria. Para obtener más información

  • Reclamos menores
  • Nombre/género
  • Acoso civil (SOLO LA PRESENTACIÓN INICIAL); todas las presentaciones posteriores tienen que hacerse electrónicamente *
  • Ley de Reclamos Falsos
  • Tutelas testamentarias de adultos y menores
  • Fallos relacionados con estados hermanos, confesiones, trabajo y sumario
  • Retenciones ilícitas (SOLO LA PRESENTACIÓN INICIAL Y LAS CITACIONES); todas las presentaciones posteriores tienen que hacerse electrónicamente *
  • Acciones para recuperación de deuda de renta a causa del COVID: Residencial. (SOLO LA PRESENTACIÓN INICIAL); todas las presentaciones posteriores tienen que hacerse electrónicamente *

* Para obtener más información sobre las excepciones para tipos específicos de documentos, vea la regla local 2.11(D) de la Corte Superior y las Instrucciones especiales de presentación electrónica (e-filing, en inglés) de la corte en "Varios".

A partir del 8 de diciembre de 2014, la Corte Superior de California, condado de San Francisco requirió la presentación y la entrega legal electrónicas obligatorias de conformidad con la sección 1010.6 del Código de Procedimiento Civil (en inglés), la regla 2.253(b)(2) de las Reglas de la corte de California (en inglés) y la regla local 2.11 de la Corte Superior de San Francisco. El 15 de mayo de 2018, la Corte Superior de San Francisco eliminó el portal de presentación electrónica (e-filing, en inglés) administrado por la Corte para presentar documentos electrónicamente (e-file, en inglés) en la corte. A partir del 1.º de julio de 2020 es obligatorio hacer las presentaciones posteriores para retenciones ilícitas electrónicamente. El 4 de enero de 2021, la Corte Superior de San Francisco amplió la presentación electrónica obligatoria para incluir nuevas demandas en casos civiles generales, así como casos de disolución de derecho de familia.

De conformidad con la regla 2.253(b)(4) de las Reglas de la corte de California (en inglés), las partes representadas pueden solicitar que se les exima de presentar y hacer la entrega legal de los documentos electrónicamente, si se demuestra que ello causa una dificultad indebida o un perjuicio significativo. En cada caso, una parte representada tiene que presentar una Solicitud de recurso ex parte de los requisitos de la presentación electrónica obligatoria para ser atendida en el Departamento 206 o en la corte del juez asignado (vea las Reglas locales de la Corte Superior de San Francisco para conocer los horarios y las fechas de las audiencias ex parte). El solicitante tiene que dar notificación de la solicitud ex parte a todas las demás partes del caso, y tiene que estar presente en la audiencia. La solicitud tiene que ir acompañada de una declaración firmada bajo pena de perjurio en la que se especifique la dificultad indebida o el perjuicio significativo por presentar y hacer la entrega legal de los documentos electrónicamente, y la orden propuesta. El solicitante tiene que notificar a todas las demás partes el fallo de la corte. Si se concede la solicitud, la parte representada puede presentar y hacer la entrega legal de los documentos de forma convencional.

La corte tiene varios proveedores que pueden usarse para la presentación electrónica (e-filing, en inglés). Vea una lista completa de proveedores de presentación electrónica (e-filing, en inglés) aprobados por la corte.

 

Información adicional

Los casos de asbesto tienen que presentarse a través de File & ServeXpress.

File & ServeXpress

Después de que un caso haya sido considerado complejo por orden de la corte, todas las presentaciones tienen que ser enviadas a través de File & ServeXpress.

File & ServeXpress

  • Para los documentos de casos civiles que están excluidos de los requisitos de presentación electrónica (e-filing, en inglés), vea la regla local 2.11(R) de la Corte Superior de San Francisco
  • Para los documentos de casos testamentarios de fideicomiso que están excluidos de los requisitos de presentación electrónica (e-filing, en inglés), vea la regla local 14.100G de la Corte Superior de San Francisco
  • .Las partes que se representan a sí mismas y las que no son partes están excluidas de los requisitos de la presentación electrónica (e-filing, en inglés), pero se les exhorta a enviar voluntariamente sus documentos electrónicamente.
  • Los casos de reclamos menores están excluidos de los requisitos de la presentación electrónica (e-filing, en inglés).

De conformidad con la regla 2.253(b)(4) de las Reglas de la corte de California (en inglés), las partes representadas pueden solicitar que se les exima de presentar y hacer la entrega legal de los documentos electrónicamente, si se demuestra que ello supone una dificultad indebida o un perjuicio significativo.

En cada caso, la parte representada tiene que presentar una Solicitud de recurso ex parte de los requisitos de la presentación electrónica obligatoria para ser atendida en el Departamento 206 o en la corte del juez asignado (vea las reglas locales de la Corte Superior de San Francisco para conocer los horarios y las fechas de las audiencias ex parte). El solicitante tiene que dar notificación de la solicitud ex parte a todas las demás partes del caso, y el solicitante tiene que estar presente en la audiencia. La solicitud tiene que ir acompañada de una declaración, bajo pena de perjurio, en la que se establezca de forma específica la dificultad indebida o el perjuicio significativo por presentar y hacer la entrega legal de los documentos posteriores electrónicamente, y una orden propuesta. El solicitante tiene que notificar a todas las demás partes el fallo de la corte. Si se concede la solicitud, la parte representada puede presentar y hacer la entrega legal de los documentos por medios convencionales.

Was this helpful?

This question is for testing whether or not you are a human visitor and to prevent automated spam submissions.