Skip to main content
Skip to main content.

Órdenes de restricción - violencia en el hogar

Si está en peligro ahora, llame al 911

¡Advertencia!

¿Está en peligro ahora? Si necesita ayuda ahora mismo, llame al “911”.

También puede llamar a:

1-800-799-7233
TDD: 1-800-787-3224

Tenga en cuenta que los sitios web que visita en cualquier dispositivo los puede ver otra persona más adelante. Asegúrese de borrar su historial de navegación después de navegar por la web. Otras opciones incluyen usar la computadora de un amigo o una computadora de la biblioteca.

Formularios de orden de restricción por violencia en el hogar durante las operaciones de COVID-19 (en inglés)

Videos de orientación

Recursos

Preguntas frecuentes sobre órdenes de restricción

Usted califica para solicitar una orden de restricción por maltrato de anciano o adulto dependiente si:
  • Tiene 65 años o más o es un adulto dependiente, Y
  • Ha sido:
    • Maltratado físicamente;
    • Maltratado financieramente;
    • Maltratado mental o emocionalmente;
    • Desatendido;
    • Abandonado o secuestrado;
    • Aislado, o
    • Privado de bienes o servicios que usted necesita para evitar daños o sufrimiento por un cuidador.

Para solicitar una orden de restricción por violencia en el hogar, necesitará los siguientes formularios para comenzar:

1. Solicitud de orden de restricción por violencia en el hogar (DV-100)

2. Aviso de audiencia de la corte (DV-109)

3. Orden de restricción temporal (DV-110)

4. Información confidencial de CLETS (formulario CLETS-001)

5. Descripción del maltrato (DV-101) (en español) si necesita más espacio para describir los incidentes.

Estos formularios también están disponibles gratis en la corte del Centro Cívico, sala 402, de 8:30 a. m. a 2 p. m., de lunes a viernes, excepto los días feriados de la corte.

Presente los formularios llenados y las copias en la ventanilla delantera de derecho de familia en la sala 402 de la corte del Centro Cívico.

Si va a necesitar un intérprete en su audiencia sobre orden de restricción, dígaselo al secretario de la sala 402 cuando presente sus formularios de orden de restricción para que se puedan hacer los arreglos para usted.

No hay ninguna cuota de presentación para solicitar una orden de restricción por violencia en el hogar.

Si presenta su petición antes de las 10 a. m., puede recoger su orden de restricción el mismo día entre las 2:30 p. m. y las 4 p. m. afuera de la sala 402, en presentaciones de derecho de familia.

Si presenta su petición después de las 10 a. m., puede recoger su orden de restricción el siguiente día hábil de la corte entre las 2:30 p. m. y las 4 p. m. afuera de la sala 402, en presentaciones de derecho de familia.

Recoja su orden con puntualidad para que haya tiempo suficiente de hacer la entrega legal de la orden de restricción temporal y el aviso de audiencia en la corte al demandado. Recoja su orden de restricción entre las 8:30 a. m. y las 2 p. m. en la ventanilla delantera de derecho de familia de la sala 402, de lunes a viernes, excepto los días feriados de la corte.

Puede elegir una de tres maneras de hacer la entrega legal al demandado:

Puede hacerlo a través del Departamento del Alguacil (ubicado en el ayuntamiento, sala 456 en el 4.° piso) o de cualquier agente del orden público.

Hay una cuota de $30 a menos que tenga una exención de cuotas otorgada para hacerlo a través del Departamento del Alguacil.

Cualquier persona que tenga al menos 18 años y no sea parte de la acción puede hacer en su nombre la entrega legal al demandado. Asegúrese de que esa persona llene la Prueba de entrega en persona (DV-200).

Contrate un profesional de entrega legal. Puede encontrar uno en línea buscando en un navegador web "profesional de entrega legal". Asegúrese de obtener del profesional de entrega legal el formulario de Prueba de entrega llenado.

La persona encargada de la entrega legal a la otra parte tiene que entregarle una Prueba de entrega llenada y firmada. Usted tiene que presentar la Prueba de entrega en la sala 103 y llevar una copia a su audiencia.

Hay dos formas en las que puede posponer su cita en la corte sobre su caso de violencia en el hogar.

Si no pudo hacer la entrega legal al demandado, tendrá que solicitar a la corte que vuelva a emitir la orden de restricción temporal. Esta solicitud se hace llenando la Solicitud de aplazar audiencia (DV-115) y la Orden sobre solicitud de aplazar audiencia de la corte (DV-116). Estos formularios también están disponibles en la corte del Centro Cívico, sala 402, de 8:30 a. m. a 2 p. m., de lunes a viernes, excepto los días feriados de la corte. Los formularios tienen que llenarse y presentarse junto con una copia de su Orden de restricción temporal anterior (DV-110), un mínimo de dos días antes de la fecha de su audiencia programada.

También puede solicitar verbalmente un aplazamiento en la corte durante su audiencia. Si se otorga su solicitud de aplazamiento, el juez firmará un formulario de Orden sobre solicitud de aplazar audiencia de la corte (DV-116) y fijará una nueva fecha para la audiencia.

Ambos métodos prorrogan su Orden de restricción temporal para que siga teniendo protección hasta la nueva fecha de audiencia.

El Centro de ayuda ACCESS puede mostrarle cómo llenar los formularios que necesitará, explicarle el proceso de presentación y ayudarle a prepararse para la corte.

La Cooperative Restraining Order Clinic del Colegio de Abogados de San Francisco puede ayudarle con el proceso. Llame al (415) 255-0165 para programar una cita.

Was this helpful?

This question is for testing whether or not you are a human visitor and to prevent automated spam submissions.