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Taquígrafos de la corte

Aviso importante

Cortes civiles cubiertas por taquígrafos de la corte
Los siguientes departamentos tienen taquígrafos asignados:

Depto. 403 (martes, miércoles, jueves, viernes - solo en la mañana)
Depto. 404 (martes, miércoles, jueves, viernes - solo en la mañana)
Depto. 405 (solo Dependencia)
Depto. 406 (lunes - viernes, todo el día)
Depto. 416 (lunes, martes y miércoles)
Depto. 425 (lunes - viernes, todo el día)

A partir del 10 de mayo de 2022, el Departamento 302 no proporcionará un taquígrafo de la corte oficial para el Departamento de Ley y Moción/Revelación.

Guardianes del registro

Los taquígrafos de la corte, como guardianes del registro, no solo son empleados de la corte, sino también proveedores de transcripciones para todas las partes interesadas.

Sus responsabilidades profesionales incluyen proporcionar transcripciones de apelaciones a la Corte de Apelaciones de California y a la Corte Superior de California, así como transcripciones ordenadas por la ley que surjan de procesos penales. Los taquígrafos de la corte que reportan en asuntos civiles, familiares y de menores también trabajan con bufetes de abogados y el público para proporcionar las transcripciones solicitadas.

¿Cómo pido una transcripción de un taquígrafo?

Pídala directamente al taquígrafo que llevó el proceso. Llame al departamento en el que fue atendido el asunto y pregunte al secretario quién fue el taquígrafo de la corte en una fecha determinada. El secretario le pondrá en contacto con el taquígrafo correcto.

Si el secretario no puede proporcionarle el nombre del taquígrafo de la corte, llame al (415) 551-3778. También se puede solicitar transcripciones escribiendo a transcriptrequests@sftc.org. Incluya la fecha del proceso, el departamento y el nombre del taquígrafo de la corte en su solicitud por correo electrónico para obtener una transcripción.

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Servicios de informes taquigráficos de la corte en casos civiles

De conformidad con la regla 2.956 (b)(1), y con vigencia inmediata, la Corte Superior de California, condado de San Francisco, publicará los departamentos en los que normalmente no estarán disponibles los servicios de los taquígrafos oficiales de la corte durante el horario regular de la corte. Se colocará un aviso en el exterior de cada departamento afectado y en la oficina del secretario, sala 103 de la corte del Centro Cívico.

De conformidad con la regla 2.956(c), si no están disponibles los servicios de un taquígrafo oficial de la corte para una audiencia o un juicio en un caso civil, una de las partes puede tramitar la presencia de un taquígrafo certificado para que actúe como taquígrafo oficial pro tempore. Será responsabilidad de esa parte pagar los honorarios del taquígrafo por la asistencia al proceso, pero el gasto puede ser recuperable como parte de los costos previstos por la ley.

Si una de las partes tramita y paga la asistencia del taquígrafo certificado, a ninguna de las partes se le cobrará la cuota de asistencia del taquígrafo prevista en las secciones 68086 (a)(1) o (b) (1) del Código de Gobierno.

Se advierte además que las notas estenográficas del taquígrafo certificado son los registros oficiales de la corte y la corte deberá obtenerlas en formato impreso o electrónico de conformidad con la Sección 69955 (a), (b), (c) y (d) del Código de Gobierno de California (CGC, por sus siglas en inglés).

Se exhorta a los abogados a trabajar con un taquígrafo de la corte que pueda proporcionar una transcripción electrónica, preferiblemente a través de YesLaw.

Guía sobre transcripciones de apelaciones civiles para taquígrafos de la corte (pro tem)

A partir del 1.º de enero de 2023, todas las transcripciones de apelaciones de taquígrafos de la corte tienen que presentarse electrónicamente en la Unidad de Apelaciones. Vea la CRC 8.144 para conocer las pautas de formato de las transcripciones, así como el material que se encuentra haciendo clic en los siguientes documentos. Exhortamos a todos los taquígrafos a presentar sus transcripciones de apelaciones usando el programa informático YesLaw.

1. Guía sobre apelaciones civiles para taquígrafos pro tem (en inglés)

2. Instrucción básica de YesLaw - demostrativos (en inglés)

3.Configuración de usuario de Case Catalyst (en inglés)

4. Configuración de usuario de Eclipse (en inglés)

5. Reglas de la corte de California, sección 8.144 (en inglés)

Honorarios de taquígrafos de la corte en asuntos civiles

Para las audiencias en las que la parte petitoria tiene que pagar una cuota por un taquígrafo proporcionado por la corte, se tienen que seguir los siguientes procedimientos para garantizar que la corte pueda acceder a la cuota.

  • La empresa que representa a la parte petitoria tiene que presentar una carta de presentación o un aviso en la misma transacción de presentación electrónica (e-filing, en inglés) que los documentos petitorios. Si no se envía la carta de presentación/aviso con los documentos petitorios, se rechazará toda la transacción de presentación electrónica (e-filing, en inglés) (incluidos los documentos petitorios).
  • La carta de presentación/aviso debe especificar el nombre del caso, el número del caso y el nombre de la parte que paga la cuota. Se tiene que indicar el Tipo de documento de "Aviso de pago de cuota del taquígrafo" en el campo Documento.
  • Las partes que se representan a sí mismas pueden pagar la cuota usando este método o pueden pagar en el mostrador de presentaciones civiles de la corte del Centro Cívico (sala 103).

En vista de la decisión del caso Jameson v. Desta

Los acreedores a una exención de cuotas que deseen un registro textual de un procedimiento de la corte de primera instancia tienen que notificar a la corte por escrito presentando un aviso, una solicitud u otra forma de notificación por escrito. El aviso/solicitud tiene que ser recibido dentro de los siguientes parámetros de tiempo:

  • Asuntos de retención ilícita – 5 días antes del proceso de la corte de primera instancia
  • Civiles y testamentarios – 2 semanas antes del proceso de la corte de primera instancia

No hacer la solicitud dentro de los perímetros de tiempo antes indicados puede dar lugar a que las cortes no puedan cumplir su solicitud de manera oportuna, el día de su audiencia.

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