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Visa U

Programa Visa U

El Congreso creó el programa Visa U para ciertas víctimas de actividades delictivas con la promulgación de la Ley de Protección de las Víctimas de Trata de Personas y Violencia de 2000.

Conforme al estatuto, una persona no ciudadana puede tener derecho a una Visa U si el secretario del Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) determina que el solicitante sufrió un maltrato físico o mental sustancial como resultado de haber sido víctima de una actividad delictiva calificada, y fue útil, está siendo útil o es probable que sea útil para funcionarios del orden público, fiscales, jueces o del gobierno en la detección, la investigación, el procesamiento, o la imposición de la condena de la actividad delictiva calificada.

Elegibilidad para la Visa U

Para poder ser elegible para una Visa U, el solicitante tiene que obtener una certificación de una agencia o agente certificador que explique que la víctima ha sido útil, está siendo útil o es probable que sea útil en la detección, investigación, procesamiento, condena o imposición de la condena de una actividad delictiva que califique. Los jueces están indicados en el estatuto federal como certificadores elegibles para llenar el formulario I-918 de Certificación de Visa U, Suplemento B.

Requisito

La certificación es necesaria para establecer la elegibilidad para la Visa U, pero no concede por sí misma el estatus de inmigrante al solicitante. Para obtener una Visa U los solicitantes tienen que cumplir los requisitos de elegibilidad, además de la certificación de la Visa U. El DHS tiene autoridad exclusiva para conceder o negar una Visa U.

Asignación

El juez presidente asignará todas las solicitudes de certificación de Visa U recibidas por la División Civil de la Corte Superior de San Francisco a un juez designada para firmar las certificaciones de Visa U. Este enfoque contribuye a garantizar la uniformidad de la decisión y un proceso claro y transparente para el solicitante. Para obtener más información, vea el protocolo de Visa U de la Corte Superior de San Francisco (en inglés).

Todas las cortes de California están obligadas a reportar a la Legislatura de California el número de certificaciones de Visa U que fueron firmadas y el número de certificaciones que no fueron firmadas. La actividad de certificación de la Corte Superior de San Francisco está disponible aquí.

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